Facultad de Derecho

31 de octubre de 2017

Los réditos de mezquinar

¿Cómo el punto 5 del Acuerdo Final con las Farc, que se pactó siguiendo mandatos del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario en favor de las víctimas, se convirtió -según algunos- en una justicia que “premia de manera significativa y desequilibrada” a los miembros de la desmovilizada guerrilla?

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Por Eric Tremolada

¿Cómo el punto 5 del Acuerdo Final con las Farc, que se pactó siguiendo mandatos del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario en favor de las víctimas, que establece una justicia de transición para guerrilleros, militares y particulares que cometieron delitos con ocasión del conflicto, se convirtió -según algunos- en una justicia que “premia de manera significativa y desequilibrada” a los miembros de la desmovilizada guerrilla?

Sencillamente mintiendo, sin miramientos distintos que nos lleven precisamente a lo contrario, a lograr un tratamiento más permisivo para militares a la vez que se sustraiga a los particulares de la justicia de transición. Un modelo restaurativo como el que se pactó en La Habana -para garantizar una paz duradera-, pretende reinsertar a la sociedad, tanto a las víctimas como a sus victimarios, y los primeros solo se sentirán restablecidos en sus derechos si se les reconoce su calidad de víctima, brindándoles verdad, justicia y reparación que no sea diferenciada y dependiente de quien perpetró el delito.

De ahí que cuatro pilares soporten la justicia de transición o Jurisdicción Especial para la Paz, JEP: memoria histórica de las violaciones de derechos humanos que se establecerá en una comisión de la verdad, judicialización de los perpetradores de las conductas atroces (crímenes de guerra y lesa humanidad) donde la víctima determinará la suerte de este, amnistía e indultos que no contradicen el Estatuto de Roma y medidas de reparación.

Muchos en Colombia, con la misma lógica de exclusión que determina las causas de la violencia, no quieren asumir una verdad distinta a la suya, ni que se someta a la justicia a nadie distinto a los guerrilleros, y en el caso de que no se pueda sustraer de la justicia a quien representa sus ideales, optarán por defender una vía ordinaria -con 99% de impunidad- que garantiza sus intereses.

El 1° de junio pasado, como muchas otras veces, señalamos que el histórico Acuerdo que pondría fin a 53 años de conflicto y da un lugar central a las víctimas y a sus aspiraciones de justicia, con estándares internacionales, aplaudido por la comunidad internacional y la fiscal de la Corte Penal Internacional, Fatou Bensouda, está muriendo. Antes del plebiscito ya nos preguntábamos si los colombianos seríamos independientes, imparciales y objetivos para reconocerlo. Sin embargo, esto no ha sido posible ni en las urnas, ni en la renegociación, ni en la implementación que hace el Congreso, ni por la Corte Constitucional, que declaró parcialmente inexequible los mecanismos del procedimiento de aprobación de los actos de implementación del Acuerdo.

Todos lo que se obstinan en reconocer que el objeto de la JEP son las víctimas, se fundamentan en mentiras -como las que ahora tejen alrededor de su composición- o se centran en razonamientos jurídicos desde una perspectiva interna, que desconoce las obligaciones que tenemos con estas, con la comunidad internacional y con las Farc. Esta instrumentalización u omisión mal intencionada del derecho internacional, configura una deslealtad y traición con las víctimas y con las generaciones futuras, que refleja -más allá de los partidos políticos y sus candidatos por firmas- la pequeñez de una sociedad que quiere seguir hipotecando la suerte de su descendencia.

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