Facultad de Derecho

Generales
3 de junio de 2020

Análisis del E-Commerce en época del COVID-19: Una reflexión a partir de los postulados de la responsabilidad social empresarial

Por: Albyn Fabian León Baquero

RESUMEN                                                  

Al encontrarnos en una época donde la salud del mundo se ve amenazada por la pandemia del COVID-19, los nuevos mercados y la creatividad responderán a las necesidades de los consumidores, de esta forma, el comercio electrónico adquiere un papel trascendente en la negociación de bienes y servicios, pero en todo caso, los empresarios no podrán desconocer la responsabilidad social que adquieren en un momento clave de la historia donde la supervivencia es el principal objetivo.

PALABRAS CLAVE 

Comercio electrónico, ‘e-commerce’, globalización, responsabilidad social empresarial, libertad de empresa

El mundo ha enfrentado varios momentos difíciles que perduran en los textos de historia y, en los recuerdos de sus protagonistas, pero, al finalizar cada acontecimiento negativo en el devenir de la sociedad se evidencia que algunas personas más arriesgadas, con espíritu emprendedor o, más afortunadas que otras, obtienen el éxito sin importar las situaciones adversas, algo que sucede también en la actualidad. En ese escenario, se recuerda a modo de ejemplo la transformación de los fenómenos económicos, científicos y, sociales con ocasión a la posguerra, que permitieron grandes avances en el comercio y en las políticas de globalización, entre otros temas.

Y aunque el concepto de globalización se ha discutido en múltiples escenarios, a partir, de los años setenta se le aproxima con reducción en el tiempo y del espacio, gracias a los logros tecnológicos que mejoran a su vez las comunicaciones, luego, en los años noventa, se puede ver la evolución de dichos aspectos, en especial con la expansión de la internet, pero en todo caso, nuevas crisis económicas mundiales como la del 2008 y, la afrontada actualmente por el COVID-19, ponen en evidencia la incorrecta distribución de riqueza que existe en la mayoría de los países.[i]

Así las cosas, coincidimos en la actualidad con una pandemia mundial de salud que obliga a un aislamiento social que mitiga su propagación y, un punto donde las redes de comunicaciones permiten celebrar negocios desde el hogar con empresarios de casi cualquier parte del mundo. Desde esa perspectiva, las ventas por catálogos que se hicieron famosas en siglo XX, poco a poco, quedan en desuso al existir medios más amplios que atraen de forma masiva a potenciales clientes, allí, radica el impacto e importancia del comercio electrónico, usado cada día más en el encierro ocasionado por el COVID-19.

Contextualizando lo expresado, el comercio electrónico se puede definir como cualquier forma de transacción comercial, en la cual, las partes acuerdan un precio, cosa y, modo de entrega, por medio de dispositivos electrónicos, debido a ello, existen diferentes modalidades de ‘E-commerce’, como son el B2B (Empresario a empresario), B2C (Empresario a consumidor), C2C (consumidor a consumidor), G2B (Gobierno a empresario), en dicha lógica, sin importar el tamaño de la empresa cualquiera puede tener un alcance internacional.[ii]

De otra parte, “la conducta social está fundada en la cooperación, no en la competencia”[iii], pero se debe decir, que no toda competencia es negativa, toda vez, que aquí se le da un gran valor a la competencia económica y la libertad de empresa, las cuales, deben respetar sus límites y someterse a las obligaciones que enmarca su naturaleza, en especial, en estados sociales de derecho como es el caso de Colombia.

Por lo dicho, “la globalización impone la construcción de una teoría de la justicia universal sobre la base de un sistema abierto de fuentes, en la que los principios constituyen elemento de consenso en el nuevo paradigma de los sistemas abiertos a los que nos avoca la globalización” [iv]. Y esa teoría de justicia en un mundo globalizado aplica también a las empresas que desarrollan operaciones electrónicas, en donde la obtención de riqueza no es su única finalidad. En todo caso, no se quiere decir que las empresas y comerciantes se dediquen a la filantropía, pero si vale la pena recordar los principios del Global Compact[v] encaminados a la protección de derechos humanos, estándares laborales, medioambiente y, anticorrupción, que hoy más que nunca se tienen que aplicar.

Como se observa, toda empresa impacta de forma diferente en su entorno y cuentan con herramientas para generar bienestar o aumentar la crisis, por ello, las que ejecutan actividades de ‘E-commerce’, pueden reducir las necesidades de muchas familias con pequeñas acciones, como la de mantener precios estables y solo aumentarlos en lo necesario, generar fuentes de empleo para cumplir con sus obligaciones contractuales, dotar de equipos de bioseguridad a sus colaboradores e instalaciones seguras para que cumplan sus trabajos y, no afectar el medio ambiente, solo por señalar algunas.

A manera de conclusión, se puede decir que mientras duren las medidas de aislamiento con ocasión al COVID-19 el uso del comercio electrónico seguirá en aumento, permitiendo a los empresarios que operen sus plataformas obtener ganancias mientras otros sectores de la economía no cuentan con tanta facilidad para su reactivación. Esta oportunidad de crecimiento de las empresas conlleva un compromiso social, donde “el punto de los negocios no debería ser el dinero. Debería ser la responsabilidad. Debería ser acerca del del bien público, no de la avaricia privada

[i] RAMÍREZ CLEVES, Gonzalo. La igualdad en la globalización: la idea de comercio justo y Justicia Global en la transformación del referente valorativo y de las instancias reguladoras. En: MARÍN ARANGUREN, Erli., y RAMÍREZ CLEVES, Gonzalo., ed. Comercio justo, globalización y medio ambiente. Bogotá: Universidad Externado. 2013. ISBN 978-958-710-922-1

[ii] RINCÓN CARDENAS, Erick. Derecho del comercio electrónico y de internet. Valencia. Tirant lo blanchc. 2020. 372 p. ISBN 978-84-1336-905-1.

[iii] MATURANA ROMESÍN, Humberto. Transformación en la convivencia. 2 ed. España. Dolmen. 2002. 283 p. ISBN 956-201-423-1.

[iv] NEME, Martha. Del ius gentium al derecho globalizado: una reflexión sistemática a partir de principia iuris permite la construcción de una categoría de ‘obligación’ sustancialmente humana. Revista Pensar, Revista de Ciencias Jurídica. Brasil. Universidad de Fortaleza. 2017. p. 621.

[v] UNITED NATIONS GLOBAL COMPACT. [sitio web]. GLOBAL COMPACT. [Consulta: 17 mayo 2020]. Disponible en: https://www.unglobalcompact.org/

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