Facultad de Derecho

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Algunas reflexiones sobre la ley aplicable a los arbitrajes de inversión derivados de Acuerdos Internacionales de Inversión

La ley aplicable a una controversia internacional de inversión dependerá fundamentalmente de la voluntad de los estados expresada en el Acuerdo Internacional de Inversión (AII). Así lo establecen todos los reglamentos de arbitraje, que, frecuentemente, se pactan como aplicables en los AII.

Regulación y discusiones sobre la amigable composición en Colombia

La amigable composición es un mecanismo de solución de conflictos a través del cual un tercero imparcial (amigable componedor) toma la decisión sobre un conflicto en virtud de un mandato que le ha sido otorgado por las partes en controversia.

¿Cómo el arbitraje de inversión y los tratados internacionales de inversión han contribuido a una re-conceptualización de los sujetos del derecho internacional público y específicamente en la legitimación de los particulares para demandar la responsabilidad internacional de los Estados?

Desde los inicios del derecho internacional público se ha discutido sobre quiénes deben ser los sujetos en esta rama del derecho. Pues bien, durante siglos, fue nuclear la idea según la cual los únicos sujetos del derecho internacional público eran los Estados, partiendo de un concepto cerrado de soberanía se entendía que la Ley de las Naciones, refiriéndose al derecho internacional público, es la ley de la conducta internacional de los Estados y no la de los particulares.

I Jornadas de Arbitraje Nacional e Internacional

El pasado 14 de septiembre de 2016, la Universidad Externado de Colombia acogió las Primeras Jornadas de Arbitraje Nacional e Internacional. Durante un día entero, expertos panelistas del arbitraje nacional e internacional se dieron cita en las aulas del Externado para discutir sobre algunos de los aspectos más controvertidos al día de hoy en esta materia.

Discusiones acerca de la arbitrabilidad de las decisiones societarias

Dentro de las sociedades comerciales pueden presentarse controversias respecto a la eficacia, nulidad o inoponibilidad de decisiones tomadas en asambleas o juntas de socios, las cuales son susceptibles de ser impugnadas. Sin embargo, el artículo 194 del código de comercio que tenía como no escrita la cláusula arbitral pactada en los estatutos sociales y establecía a la jurisdicción ordinaria como la única competente y juez natural de este tipo de controversias fue derogado por la Ley 1563 de 2012.