Facultad de Derecho

12 de agosto de 2016

Las ZIDRES y el fenómeno internacional de acaparamiento de tierras*

Existen vínculos entre las ZIDRES y el fenómeno internacional de acaparamiento de tierras o Land Grabbing, este art. se encarga de exponerlos, no sin antes revisar algunas de las principales razones presentadas por los sus contradictores, expuestos en el contexto del largo debate que surtió la iniciativa gubernamental, ahora convertida en la ley 1776 de 2016.

Las principales voces en contra de las Zidres

Aida Pesquera, directora de OXFAM en Colombia, ha afirmado en nombre de su organización que las ZIDRES son inconstitucionales: “(…) el contenido de fondo es el mismo. Cosméticamente se modifica, pero la esencia es que se declaran zonas donde la agroindustria puede acumular baldíos y se legalizan acumulaciones anteriores” y agrega, “Legalizan concentración ilegal de tierras: (…) se procederá a sanear las situaciones imperfectas garantizando la seguridad jurídica, previa a la aprobación del área (El Espectador, 18 de diciembre de 2015)”.

Según lo denunció el senador Jorge Robledo, durante la exposición de la ponencia negativa en la plenaria del Senado que terminó con la aprobación de la ley 1776: “Carguill podría legalizar 55.863 hectáreas de las 61.862 que poseen ilegalmente”, lo mismo podría pasar, según anunció en ese mismo escenario, con otras 48.000 hectáreas que posee la transnacional Pacific Energy en el Departamento del Meta (Robledo, 2015). Acá se puede dilucidar el primer vínculo claro de la ZIDRES con el acaparamiento de tierras que se presenta en varias partes del mundo y que será descrito más adelante.

El citado congresista de oposición, también expresó en este sentido lo siguiente: “Los Baldíos, que deberían adjudicarse a campesinos pobres sin tierra, se irán en arrendamiento por largos períodos e incluso a grandes empresas agroindustriales, nacionales o extranjeras”. Este argumento podría equipararse a la herramienta contractual conocida como Leasing, que no es otra cosa que un arrendamiento con posibilidad de venta, y que es empleada en otras latitudes como forma para materializar las concesiones de tierras por periodos de tiempo muy extensos, de alrededor de 100 años. Como se verá en el caso de Camboya, en la práctica dicha modalidad excluye a generaciones enteras de campesinos de sus derechos constitucionales a acceder a la tierra, para explotarla económicamente y devengar de allí su sustento, como lo establece en el caso colombiano la ley 160 de 1994.

Otro argumento en contra, muy vinculado a los anteriores, y que ha sido expuesto por Dignidad Agropecuaria, es que las ZIDRES concentrarán aún más la propiedad de la tierra en Colombia, país donde el índice de Gini, que es herramienta más conocida para medir la concentración de la propiedad tierra, y que entre más se acerque al número 1, más concentración refleja, es en la actualidad 0,82. En 1960 dicho coeficiente era de 0,86 (IGAC, 2012) y hace doce años, en el 2004, era 0,92. Pero, según la Unidad de Planificación Rural y Agropecuaria (UPRA, 2014), en la actualidad la misma medición se ubica en 0,77, en los mismos niveles que tuvo por allá entre los años 1905 y 1917 (Arango, 2014). En Colombia no habrá desarrollo rural equitativo mientras la posesión y el uso de la tierra no cambien. Las ZIDRES perpetuarán la concentración de la tierra que hoy en día ¡se mantiene en los niveles de hace 100 años!

El fenómeno internacional de acaparamiento de tierras o Land Grabbing

Tal y como se expuso en el aparte anterior, las ZIDRES tienen varios elementos en común con las distintas modalidades de concesión que existen en el mundo para acumular tierras. Estas Zonas no son una invención criolla, son un eslabón más de la cadena que comprende el modelo internacional de concesión y acaparamiento conocido como Land grabbing.

Como lo ilustra la gráfica siguiente, existen al menos una decena de naciones seriamente afectadas por este fenómeno. El caso más dramático se presenta en Liberia, en el África, dónde el 100 por ciento de la tierra disponible para la explotación agropecuaria está en manos de extranjeros. En ese país los principales propietarios provienen de Malasia en un 34 por ciento y Singapur en igual porcentaje. Lo mismo sucede en Gabón dónde el 74 por ciento de la tierra cultivable pertenece a nacionales de Singapur. Estos son ejemplos de la magnitud de este fenómeno que preocupa a los activistas y organizaciones internacionales que trabajan los temas de soberanía y seguridad alimentaria de los países del mundo en desarrollo que están siendo afectados por esta problemática, cuya punta de lanza es la política de concesión de tierras a inversores extranjeros.

Grafico 1: El fenómeno de acaparamiento de tierras en el mundo. Fuente: (Spiegel.de, Febrero 19 de 2013).

Antes de entrar en los casos específicos es pertinente dar algunas cifras que pueden ilustrar aún más la gravedad e implicaciones del objeto de análisis: en los últimos 10 años más de 50 millones de hectáreas han sido vendidas y hacen parte del fenómeno global de acaparamiento de tierras. El principal país comprador ha sido Estados Unidos, cuyas empresas y particulares han adquirido cerca de 22 millones de hectáreas a lo largo y ancho del orbe. A contramano está el caso de Argentina donde la extranjerización de la tierra alcanza las 20 millones de hectáreas (Mwesigire, 2014), lo cual llevó a la expedición en el año 2011 de una ley que “establece que el porcentaje de tierras en poder foráneo no deberá superar el 15 por ciento del territorio nacional y que los extranjeros no puedan comprar más de mil hectáreas por región (El Mundo, 22 de diciembre de 2011)”.

Un aspecto que no se mencionó en el debate nacional de las ZIDRES, pero que es claro para quienes han estudiado la concesión de tierras en el orden internacional, es que estas constituyen un negocio que representa un alto riesgo, pues solo el 25 por ciento de los proyectos se materializan (B Mwesigire, 2014). En este sentido no es gratuito que la versión criolla del land grabbing de un plazo de hasta 3 años para concretar dichos proyectos (Art. 23 y 26, Ley 1776 de 2016).

Valga mencionar, para cerrar este aparte, que los principales usos de las tierras acaparadas en el mundo en el 2013 eran los siguientes: Cultivo de comida: 28 %, biocombustible: 19 %, cultivo y tala de madera: 11 %; turismo: 10 % y especulación: 10 %, (Mwesigire, 2014). Al ver estos porcentajes, puede dilucidarse por qué, un país que valore su soberanía alimentaria debería combatir la extranjerización de su tierra cultivable, pero eso no sucede en Colombia y las ZIDRES van en contravía de este propósito.

El Caso de Camboya

Las Concesiones Económicas de Tierra o ELC (Economic Land Concession) son la versión camboyana de las ZIDRES. Para entender el caso es necesario mencionar Camboya es una país de apenas 181 mil kilómetros cuadrados, con poco más de 15 millones de personas, en el cual el 80% de la población vive en zonas rurales y el 70 % depende de actividades en el sector agropecuario para sus subsistencia (Open Development, 2015).

La cuestionada modalidad que la ley ZIDRES colombiana estipula como “concesión, arrendamiento o cualquier otra modalidad contractual no traslaticia de dominio (Art. 13 y 14, Ley 1776 de 2016)”, en Camboya adoptó la modalidad contractual conocida comoLeasing, dicha modalidad de concesión no contempla un mínimo de tiempo para desarrollarse, pero la ley que creo las ELC establece que estos contratos, como se mencionó previamente,  no pueden exceder los 99 años. En la práctica, este límite máximo implica una privatización y una exclusión de los derechos de los habitantes del campo al acceso a la tierra ¡durante cuatro generaciones enteras! en favor de los inversionistas extranjeros que constituyeron estas figuras de ordenamiento territorial.

Las ELC han sido una política consistente durante los últimos gobiernos en Camboya a tal punto que, aun cuando su auge se ubica en un periodo que comprende los años 2009 a 2013, según cifras oficiales, entre 1996 y hasta 2015 se aprobaron concesiones con 230 empresas extrajeras, abarcando 1,934,896 hectáreas (Open Development, 2015).

Debido a que a finales de la pasada década surgieron denuncias sobre la forma en la que las comunidades estaban perdiendo sus tierras en manos de dueños de las concesiones, y las subsecuentes expulsiones, reasentamientos involuntarios en pésimas condiciones, entre otras irregularidades de suma gravedad, como el desarrollo de actividades agrícolas en zonas de bosque protegidas, como puede verse en el siguiente gráfico. En el 2012 se suspendió la concesión de nuevas ELC, y se ordenó la revisión de las existentes. El Gobierno finalmente comenzó una compaña contra “el abuso corporativo de las ELC” y revocó muchas de las licencias concedidas (Donovan, 2012).

Gráfica 2: Las ELC en Camboya. Fuente: Open Development (1 de octubre de 2015).

Las ZIDRES son contrarias al interés nacional 

Pese a que el gobierno del Presidente Santos, conoció durante el debate todos estos argumentos, se empecinó en aprobar la ley 1776, pues sus intereses coinciden plenamente con los del capital transnacional cuando de invertir en el olvidado sector agropecuario se trata. Veamos:

Durante una visita oficial a España en el 2014 el primer mandatario de los Colombianos hizo la siguiente afirmación: “(…) de acuerdo a la FAO hay siete países con un gran potencial para aumentar la producción de alimentos, uno de ellos es Colombia. Pero paradójicamente Colombia tiene su campo muy atrasado, la productividad del campo colombiano es de las peores del mundo. Y ahí hay una oportunidad enorme (El País, 22 de enero de 2014)”.

Por su parte David MacLennan, Gerente de la poderosa transnacional de alimentos Cargill, dio una declaración muy similar en una entrevista a El Espectador (22 de septiembre de 2013), solo cuatro meses antes de la afirmación de Santos: “Colombia tiene unos 22 millones de hectáreas de tierra cultivable pero sólo se han desarrollado cinco millones. O sea que ahí hay una oportunidad”. Y agregó de forma lapidaria: “Lo importante no es el asunto de las tierras sino ayudar a Colombia a mejorar su infraestructura agroindustrial”.  Si lo importante no fueran las tierras, ¿tendrían más de 60 mil hectáreas en la altillanura sin otro propósito distinto al de especular con su valor?

Para concluir, y mostrar la relación directa del fenómeno internacional del land grabbingcon la creciente deficiencia de seguridad alimentaria en países en vías de desarrollo, como Colombia, cabe hacer énfasis en que, dos tercios del total de tierra agrícola comprada o arrendada a inversionistas extranjeros se encuentran en países con serios problemas de insuficiencia alimentarias y desnutrición. Este dato contrasta con el hecho de que, dos tercios del total de alimentos que se producen en esas tierras compradas por inversionistas extranjeros están destinados a las exportaciones (Mwesigire, 2014).

Las ZIDRES son el reencauche de una modalidad fundamentada en los beneficios para las transnacionales del agro, que en múltiples países con problemas de desnutrición como Colombia ha demostrado ser insuficiente y contraria a la necesidad de superar el hambre y la desnutrición de sus ciudadanos.

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 Es necesario aclarar que la ley 1776 no específica los límites temporales de las concesiones. Este debe ser materia de regulación posterior.
Fuentes:
ABC (25 de septiembre de 2015). China compra el 5% del territorio de Ucrania para cultivar, en [“>http://….
Arango Restrepo, Mariano. (2014), “La tierra en la historia de Colombia”. ISBN 978-958-99474-8-7. Academia Colombiana de Ciencias Económicas, 192 p.
Bwesigye bwa Mwesigire. (May 28, 2014). “Land Grabbing in Africa, the new colonialism”, en  [.
Bornstein Daniel. (26 de octubre de 2012). “World Bank Should Be Blamed for Land Grabs in Africa”, en [.
Dignidad Agropecuaria. (8 de Septiembre de 2015), “El Agro colombiano en cifras. Sobre el Tercer Censo Agrario”, en [.
Donovan, Dolores (2012). “Cambodia’s overdue land reforms”, en [“>http://.
El Espectador. (22 de septiembre de 2013). “Las tierras eran sólo una parte de la inversión”, en [“>http://….
El Mundo. (22 de diciembre de 2011). “Aprueban en Argentina una ley que limita las compras de tierras a los extranjeros”, en [.
El País, (22 de enero de 2014). “El día que ‘El País’ no quiso entrevistar a Santos”, en [“>http://…”>“>http://]
Instituto Geográfico Agustín Codazzi, (2012).“Atlas de la Distribución de la Propiedad Rural en Colombia”, en  [
Spiegel.de. (Febrero 19 de 2013). “’Land Grabbing’: Foreign Investors Buy Up Third World Farmland”, en [“>http://….
Open Development. (1 de octubre de 2015). “Economic Land Concessions (ELCs)”, en [ “>http://
Otras fuentes:
Videos:
Robledo Jorge Enrique. (15 de diciembre de 2015). “Más de 15 razones contra la ley Urrutia- Zidres: Robledo”, en [“>https://.

*Este artículo fue publicado originalmente por el portal la Silla Vacía en su Red Rural (http://lasillavacia.com/silla-llena/red-rural/historia/las-zidres-y-el-fen-meno-internacional-de-acaparamiento-de-tierras). Se vuelve a publicar por la inminente aplicación de la ley y debido a que el autor hará una ponencia sobre este tema el próximo 26 de agosto en el marco del Seminario internacional  “Tierra y territorio en las Américas: acaparamientos, resistencias y alternativas” en la Universidad Externado.

 

 

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