
El curso aborda el vínculo entre las leyes económicas internacionales sobre comercio e inversiones, las estructuras legales nacionales y la existencia de un régimen transnacional en torno a la alimentación.
Cerraba la columna pasada preguntando -a una semana del Brexit- si podríamos aprender algo de ese proceso. Primero, destacar la forma análoga como la sociedad británica tomó partido a favor de permanecer o salir de la Unión Europea -al igual que la mayoría de la colombiana con el proceso de paz-, se formó opinión y tomó partido con escaso esfuerzo por informarse y reflexionar.
En el marco de la XI Cumbre de la Alianza del Pacífico, que tuvo lugar en días pasados, los gobiernos de Colombia y Costa Rica acordaron la entrada en vigor del TLC entre los países. Este acuerdo comenzó a negociarse en el año 2012 y su firma fue concretada en mayo de 2013
Desde la década de 1950 hasta mediados de la década de 1980, se utilizó en América Latina la política económica de industrialización sustitutiva de importaciones conocido como Estructuralismo, que abogó por el principio de que los países que redujeran su dependencia externa a través de la producción local de productos industrializados podrían crear economías autosuficientes
Desde un punto de vista histórico se ha sostenido que los antecedentes sustanciales directos de los modernos tratados de libre comercio y de los tratados de inversión se encuentran en los denominados tratados de amistad, de navegación, de comercio, de relaciones económicas y, hasta a veces, consulares tan comunes en el siglo XIX y hasta un poco más de la mitad del siglo XX.
Mucho se ha discutido respecto a la connotación de la confidencialidad en el arbitraje, ¿Se trata de un atributo esencial o de una característica? ¿Es un deber, obligación o presunción? ¿Cuáles son sus límites? ¿Debe ser confidencial un arbitraje en el que se discuten temas de interés público? Estos y otros interrogantes serán los que abordaremos enseguida.