Facultad de Derecho

30 de mayo de 2017

Los objetos conectados (IoT) y la protección de información

Los objetos con conectividad o la Internet de las cosas atiende a la masificación de la transformación digital. La ubicuidad del ecosistema digital. Es el resultado óptimo de que las empresas requieran cada vez más información para que sus procesos productivos y de comercialización sea eficiente.

Los objetos con conectividad o la Internet de las cosas atiende a la masificación de la transformación digital. La ubicuidad del ecosistema digital. Es el resultado óptimo de que las empresas requieran cada vez más información para que sus procesos productivos y de comercialización sea eficiente

  1. Algunos ejemplos:

Las objetos conectados (wearables, como relojes o calzado con sensores) permiten tener datos sobre la salud y el ejercicio físico. Además del uso propio individual por los titulares de los datos, estos pueden ser tomados por las aseguradoras por ejemplo, como base para determinar el valor de la prima e incluso tasarla de manera variable según el riesgo.

En el caso de vehículos, la velocidad puede ser monitoreada así como la manera y variables como el conductor maneja. Esta información puede determinar también el valor de la Póliza de responsabilidad civil asociada a los riesgos reales.

2. Objetos conectados y data protection:

En ese universo de información, no necesariamente los datos recolectados o procesados permiten identificar a una persona. La relación directa entre la información y la identidad ha sido medular para la protección de datos.

La inquietud en el porvenir será que tanto los “objetos” o las “cosas” son en realidad una prolongación de las personas, de sus hábitos, de sus gustos, de sus personalidad. Al fin y al cabo, la interacción del ser humano con los objetos es un elemento característico de la vida contemporánea. Los objetos dicen más de nosotros que nosotros mismos.

El equilibrio perdido largo tiempo atrás entre la intrusión de la tecnología en la esencia del ser humano da un nuevo paso. Nuevamente el derecho puede ser el árbitro de la pugna de intereses y de los posibles abusos del mercado

3. Privacidad por diseño y anonimización

Una tendencia que va ganando terreno es defender la necesidad de la Privacidad en el Diseño que propicia una panoplia de estándares, características técnicas y formatos que pueden ser exigidos por reglamentos técnicos y regulaciones respecto de la fabricación de objetos.

Con el Internet de las Cosas despunta la anonimización como herramienta para el tratamiento de información sin tener que cumplir con las rígidas reglas de la protección de datos personales.

Fuente: pixabay.com

4. Ciber inseguridad y precaución

La fuerza aceleradora de la necesidad de regular los objetos que se conectan entre si es el riesgo inherente a toda actividad en línea: la inseguridad digital. En un universo de objetos conectados la garantía de una mayor ciberseguridad se convierte en un objetivo. Las medidas voluntarias de empresas e individuos parece que no son suficientes para lograr un entorno digital seguro.

Los reguladores buscan caminos para lograr la adecuada gestión del riesgo informático. El principio de precaución que es tan caro a la legislación que protege el medio ambiente, los alimentos genéticamente modificados o que determina la discusión de la transmisión de las ondas electromagnéticas es una línea de conducta necesaria para la conectividad de los objetos.

El principio de precaución puede ser un obstáculo para el desarrollo pleno de la tecnología como resultado de una valoración de riesgo frente a una actividad que genere peligro. No es evidente si estamos entrando en la era en el que la inseguridad digital configure a las actividades en el entorno digital como necesariamente creadoras de un riesgo.

Todo indica que estamos en un proceso de transformación de la información de los individuos como titulares y sujetos de derecho hacía la información de los objetos conectados que proyectan y dilucidan más que nunca a sus dueños, titulares y usuarios.

Veamos cómo evoluciona el Data Protection y la protección de la información frente a este cambio sistémico del Internet de las Cosas.

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