Arbitraje Internacional de Inversión
2 de septiembre de 2024
Resurgimiento de la Doctrina Calvo en forma del principio de “no greater rights”: implicaciones legales para el ISDS
En un reciente artículo publicado en el Journal of International Dispute Settlement de Oxford University Press el docente investigador del Departamento de Derecho de los Negocios Juan Miguel Álvarez Contreras discutió sobre el resurgimiento de la llamada Doctrina Calvo en forma del principio de “no greater rights” y sus implicaciones legales para el arreglo de disputas internacionales de inversión.
A continuación, presentamos un breve resumen del artículo para ofrecer una visión general de los temas abordados. Sin embargo, te invitamos a consultar el artículo completo[1] para profundizar en los argumentos e ideas expuestas en este artículo.
Introducción y Contexto
El principio de “no greater rights” ha resurgido en el derecho internacional de inversión, tomando como origen la Doctrina Calvo que surgió en el siglo XIX en América Latina. Este principio sostiene que los inversores extranjeros no deberían tener más derechos que los inversores nacionales, desafiando los Acuerdos Internacionales de Inversión (IIAs, por sus siglas en inglés) tradicionales.
Contexto Histórico de la Doctrina Calvo
Desarrollada en respuesta a la protección diplomática a menudo impuesta mediante ”diplomacia de cañoneros” la Doctrina Calvo fue integrada en los marcos legales de los países latinoamericanos para asegurar la igualdad entre inversores extranjeros y locales. Esta doctrina influenció constituciones nacionales y acuerdos regionales en América Latina.
Implementación y Evolución
La Cláusula Calvo se utilizó en contratos para evitar que los inversores extranjeros buscaran protección diplomática, asegurando que las disputas se resolvieran bajo la jurisdicción local. A pesar de su influencia regional, la Doctrina Calvo enfrentó oposición de países europeos y los Estados Unidos, que defendían estándares mínimos internacionales para el tratamiento de extranjeros.
Impacto de los Tratados Bilaterales de Inversión (TBIs)
Los TBIs surgieron proporcionando a los inversores extranjeros protecciones que a veces excedían las disponibles para los inversores locales, destacando una desviación del principio ”la igualdad es el máximo” de la Doctrina Calvo. La inclusión de mecanismos de solución de controversias entre inversores y estados (ISDS) en los TBIs dio a los inversores extranjeros acceso directo a arbitrajes internacionales, eludiendo los tribunales locales.
Resurgimiento en Países Desarrollados
Los países desarrollados, que alguna vez promovieron los IIAs, y que en el pasado se opusieron al principio básico de la Doctrina Calvo, comenzaron a abogar por el principio de ”no mayores derechos” debido al aumento de demandas ISDS contra ellos. Ejemplos notables incluyen el ajuste de los IIAs de EE.UU. después de 2002 y el enfoque de la UE en tratados como CETA y TTIP. Surgieron debates legales y políticos sobre si estos tratados otorgaban mayores derechos a los inversores extranjeros en comparación con los nacionales, hasta el punto de llegar a proponer el reemplazo del sistema tradicional de ISDS por un sistema de cortes de inversión.
¿Mayores derechos para quién? La visión parcializada de la nueva versión de la Doctrina Calvo
El resurgimiento de la Doctrina Clavo en los países desarrollados ha consistido en que como la legislación nacional de los países desarrollados constituye el modelo de protección de inversiones de vanguardia, no hay razón para que los IIAs proporcionen una mayor protección. Por lo que no se habla de un principio de “la igualdad es lo máximo” sino de “la ley de los países desarrollados es lo máximo”.
Lo anterior, implica que a menos que las legislaciones nacionales de los países del tratado sean sustancialmente idénticas, el objetivo de “no greater rights” es casi imposible de alcanzar, al menos por una de las partes.
Desarrollo Legal Reciente
La revisión de la Corte Constitucional de Colombia del IIA con Francia e Israel reavivaron la discusión sobre el principio de ”no mayores derechos”. La Corte Constitucional, generalmente ha declarado la constitucionalidad de los IIAs considerando que esos tratados han promovido valores constitucionales importantes, como la internacionalización de las relaciones económicas, la prosperidad nacional y la participación popular en la vida económica de la nación. Estas decisiones pueden señalar un cambio hacia una nueva interpretación y aplicación de la Cláusula Calvo, creando a su vez, nuevos interrogantes y potenciales problemas para el sistema de protección de inversiones internacionales.
Para acceder al artículo completo, ingrese en este link: https://academic.oup.com/jids/advance-article-abstract/doi/10.1093/jnlids/idae012/7645427?redirectedFrom=fulltext
[1] https://academic.oup.com/jids/advance-article/doi/10.1093/jnlids/idae012/7645427
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