Facultad de Derecho

27 de junio de 2019

Contratación internacional y cuarta revolución industrial

Por: Daniel Peña Valenzuela

El 14 de junio, por invitación de la Dra. Diana Correa, del Departamento de Derecho de los Negocios y de la Especialización de Contratación Internacional de la Universidad Externado presenté la conferencia sobre la Contratación Internacional y la Cuarta Revolución Industrial.

El vídeo completo de la conferencia se puede ver en el siguiente vínculo: https://www.facebook.com/Departamento.derecho.ue/videos/1326965530813403/

 

Un sumario de los temas planteados en la presentación es el siguiente:

  1. La integración de la tecnología en la sociedad y los cambios que esta genera en la industria y en las organizaciones, exigen repensar los procesos que, dentro de las mismas, se han venido manejando durante años, incluyendo la función de los profesionales, en este caso los abogados.
  2. El reto está en juntar el tema de la contratación con la cuarta revolución industrial, pues es necesario entender que hoy las empresas también van evolucionando y ya no se habla de productos y servicio, ni de plataformas, sino de ecosistemas digitales.
  3. La disrupción aplicada a la contratación, no se trata de un rompimiento o ruptura abrupta y nociva de lo convencional sino de una evolución a la cual se le debe dar paso.
  4. Esta disrupción, además, puede ser positiva, pues nos exige experimentar y darle mayor énfasis a entender cómo se ejerce la autonomía privada, saber cómo se establecen los límites y hacia dónde va la regulación y la intervención por parte del Estado
  5. La tolerancia al cambio como un factor importante de los profesionales, en este caso los abogados, pues se trata de un proceso en el que se debe desaprender lo aprendido y abrir la mente a los cambios tecnológicos y sus impactos en las funciones en el ámbito jurídico.
  6. En las empresas debe haber flexibilidad y apertura de la mente para construir sobre lo construido y avanzar en la transformación digital y en la apropiación de las tecnologías emergentes.
  7. La Inteligencia artificial, la computación en la nube, Blockchain, IoT, Smart Contracts representan el concepto que se originó en el Foro Económico Mundial conocido como la Cuarta Revolución Industrial.
  8. Los contratos tienen un papel importante en esta trasformación digital porque permitirán recobrar el equilibrio entre lo individual y lo colectivo.
  9. La contratación tiene tres paradigmas en la economía digital: los contratos web electrónicos, los contratos colaborativos y los contratos algorítmicos e inteligentes, siendo estos últimos los que actualmente despuntan en la Cuarta Revolución Industrial
  10. Los contratos inteligentes son protocolos electrónicos escritos con código de computación, que pueden representar términos y condiciones pactados por las partes previamente. Estos se centran en la automatización del consentimiento y de la ejecución o cumplimiento como consecuencia de la arquitectura del sistema de información.
  11. La Cuarta Revolución Industrial se enmarca en los datos y la información como el objeto de la contratación, y como bien jurídico tutelado. La propiedad y el uso de los datos (datos personales, información comercial y datos anonimizados, entre otros) configuran la base de la nueva contratación.

 

 

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