Facultad de Derecho

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Convención de Nueva York

Sentencia CSJ SC8453-2016, 24 de Junio de 2016.

En el derecho internacional privado se ha aceptado que el respeto de los instrumentos suscritos por los países y de los compromisos adquiridos en virtud de éstos, constituye la base fundamental de las relaciones internacionales, que genera seguridad, confianza y paz en la comunidad internacional, debiendo primar los principios de pacta sunt servanda y de buena fe en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por los Estados, reconocidos en el Preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas, de la cual es signataria Colombia, en el artículo 17 de la Carta de la Organización de Estados Americanos, y en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, considerados plenamente constitucionales (C-400 de 1998).

EJECUCIÓN DEL LAUDO: PARTICULARIDADES DE LA INMUNIDAD ESTATAL

Que el laudo sea nacional o extranjero, su ejecución sigue siendo uno de los problemas mayores en materia de arbitraje. Dicha ejecución en materia internacional es aún mayor si se tiene en cuenta que el laudo tiene que ser primero reconocido en el ordenamiento jurídico donde se pretende ejecutar, para que enseguida sea efectivamente ejecutado.